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¿QUÉ ES?
Es un incentivo para que los trabajadores/as, previamente cesantes, se empleen formalmente, otorgándoles un subsidio por la nueva relación laboral que se crea. Este beneficio se entrega directamente al trabajador/a, siempre que su remuneración bruta mensual no exceda de 3 Ingresos Mínimos Mensuales (actualmente $1.011.000).
¿QUÉ IMPLICAN LOS CAMBIOS QUE SE ANUNCIARON AL IFE LABORAL?
Que los trabajadores/as que postulen exitosamente al IFE Laboral en noviembre y diciembre de 2021 y enero de 2022, tendrán derecho a recibir hasta 3 meses de pago, siempre que permanezcan empleados.
Que los trabajadores/as que postulen exitosamente al IFE Laboral en febrero y marzo de 2022, tendrán derecho a recibir hasta 2 y 1 mes de pago, respectivamente, siempre que se mantengan empleados.
Los trabajadores/as que han sido beneficiarios del IFE Laboral hasta el mes de octubre, no tendrán derecho a recibir pagos adicionales de IFE Laboral.
Gracias a la nueva estipulación del IFE Laboral, las postulaciones estarán disponibles hasta el mes de marzo. Éstas deben realizarse en línea, a través del sitio web www.subsidioalempleo.cl, línea IFE Laboral. Al momento de postular debe adjuntar el contrato de trabajo en formato doc, docx o pdf.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación). Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
Como ya se mencionó, tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000)
Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.
¿CUÁL ES EL MONTO DEL BENEFICIO?
Hombres mayores de 24 y menores de 55 años: 50% de su Remuneración Bruta Mensual Imponible, con tope de $200.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la Remuneración Bruta Mensual Imponible, con tope de $250.000 mensuales.
El IFE Laboral se pagará a través de transferencia electrónica a la cuenta bancaria personal que el beneficiario haya registrado al momento de la postulación. Es importante considerar que la cuenta bancaria debe estar asociada al RUT del postulante. De lo contrario, el pago no se podrá realizar.
Los plazos para postular al IFE Laboral son definidos según la fecha de inicio del contrato de trabajo, de acuerdo con la siguiente tabla:
Una vez realizada la postulación, el SENCE informará el resultado de la misma vía correo electrónico, durante los 7 días previos a la fecha de pago correspondiente al mes en que se postuló al beneficio.
NO PODRÁN ACCEDER AL SUBSIDIO
Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
Las personas que estén recibiendo algunos de los beneficios de la Ley de Crianza Protegida.
Las personas que tengan los efectos de sus contratos de trabajo suspendidos por la Ley de Protección del Empleo.
Las personas que trabajen en el sector público.
Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y post natal) al momento de su postulación.
Las personas que trabajan de forma dependiente y se cambian de trabajo.
Fuente: Subsidio al empleo.cl
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